TONALÁ.- Quedó aprobado por el Congreso del Estado la modificación a la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal, para precisar las figuras de alcalde sustituto e interino, con lo cual en Tonalá se podrá ratificar a Emanuel Agustín Ordóñez Hernández, como presidente municipal interino.
Una vez que se publiquen las reformas aprobadas a la ley, el ayuntamiento tonalteca y los municipios que hayan hecho nombramientos de alcaldes interinos o sustitutos, conforme a un artículo transitorio que se incluyó, tendrán 15 días para ratificar o corregir las designaciones.
“Aquellos ayuntamientos que hayan tenido un nombramiento derivado de la confusión que existía, tienen un plazo, creo que de 15 días, para que subsanen sus nombramientos, ratifiquen o corrijan”, explicó el diputado Gustavo González Hernández, autor de la propuesta de esta reforma.
En cuanto a las precisiones a las figuras de alcaldes interino y sustituto, el legislador explicó que dependerá de la variable de temporalidad, ya que en el primer caso es por un lapso determinado, y el segundo cuando la ausencia es absoluta.
La figura de alcalde interino será cuando exista una licencia de por medio, por más de 60 días. La segunda situación, es cuando el alcalde es separado de su cargo derivado de un proceso de procedencia penal, que es el caso de Tonalá.
El tercer caso se da, cuando el primer edil es suspendido hasta por un año, de conformidad a la Ley del Gobierno, por del Congreso del Estado.
Mientras que la figura de alcalde sustituto aplica por fallecimiento, o interrupción del mandato. La segunda causa, por separación definitiva de su cargo por un juicio político; y la tercera, por revocación del mandato ordenada por el Congreso del Estado.
“Con esto se acaban las lagunas y se evita la ambigüedad legislativa, que es cuando puedes interpretar, válidamente, dos o tres situaciones, o más... Ahora ya es muy clara la ley”, destacó González Hernández.
EL INFORMADOR/ 17/03/08 ccms |