Fundado el 13 de Junio de 1971
Tonalá Jalisco, México.
Martes, 07 de febrero de 2012
Número 539

Administración y ventas de publicidad:
Patricia Mendoza Michel

E-mail:
periodicohoy@prodigy.net.mx

 

Oficinas
Av. Tonalá #206-13
Tel.-Fax:

+52 (33) 36 83 18 81
+52 (33) 11 87 19 18

 

Version Web
iXad Advanced web services
www.ixad.com

 

*Los artículos firmados son
responsabilidad de su autor.
*No se devuelven originales aunque no sean publicados

Sin gobierno, sin cabeza
Pedro Mellado. Mural.

Es muy probable que en breve, la titular del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Administrativa, Martha Leticia Muro Arellano, resuelva la solicitud de Amparo promovida por el depuesto Presidente Municipal interino de Tonalá, Salvador González del Toro, quien pretende que la justicia federal declare nulo el acuerdo de Ayuntamiento del martes 26 de febrero del 2008, cuando fue ilegalmente destituido por votación mayoritaria de los regidores, quienes nombraron a Emanuel Agustín Ordóñez Hernández para relevarlo en la Alcaldía.

González del Toro llegó a la Presidencia Municipal de Tonalá el viernes 21 de diciembre del 2007, en sustitución de Jorge Luis Vizcarra Mayorga, a quien el Congreso de Jalisco separó de su cargo de Alcalde 24 horas antes, para ponerlo a disposición de la justicia como presunto responsable de los delitos de homicidio calificado, delincuencia organizada y abuso de autoridad, en hechos vinculados al asesinato de su compadre, Carlos Romo Guízar (quien era director de Mejoramiento Urbano de la comuna tonalteca), ocurrido el 24 de abril del 2007.

La justicia federal podría resolver en favor de Salvador González del Toro, tomando en consideración que ninguna disposición constitucional, federal o estatal, atribuye a los regidores facultad alguna para destituir a alguno de sus pares, pues ese poder sólo lo tienen los Congresos estatales.

Eso está claro en el párrafo cuarto del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que advierte: "Las Legislaturas locales, por acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes, podrán suspender Ayuntamientos, declarar que éstos han desaparecido y suspender o revocar el mandato a alguno de sus miembros, por alguna de las causas graves que la ley local prevenga...".

Explica el mismo artículo: "En caso de declararse desaparecido un Ayuntamiento o por renuncia o falta absoluta de la mayoría de sus miembros, si conforme a la ley no procede que entren en funciones los suplentes ni que se celebren nuevas elecciones, las legislaturas de los Estados designarán de entre los vecinos a los Concejos Municipales que concluirán los periodos respectivos".

La misma facultad le atribuye al Congreso de Jalisco la Constitución local, en su artículo 76: "El Congreso del Estado, por acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes, podrá declarar que los Ayuntamientos se han desintegrado y suspender o revocar el mandato a alguno de sus miembros por cualesquiera de las causas graves que las leyes prevengan, previo el derecho de audiencia y defensa correspondiente".

Explica: "Cuando la desintegración de un Ayuntamiento ocurra durante el primer año de ejercicio, el Instituto Electoral del Estado, en un término que no excederá de dos meses, convocará a elecciones extraordinarias para elegir al Presidente, regidores y síndico que habrán de concluir el período y el Congreso del Estado elegirá un Concejo Municipal que estará en funciones en tanto ocupen el cargo quienes sean electos popularmente...".

Agrega: "Si no procediere que se celebren nuevas elecciones, el Congreso designará entre los vecinos del Municipio a los integrantes de los Concejos Municipales que concluirán los períodos respectivos...".

Pero aún en el supuesto de que González del Toro fuera reinstalado en su cargo, prevalecerían las condiciones de ingobernabilidad en Tonalá y el Congreso estaría obligado a nombrar un Concejo Municipal.

 

pedromellado@gmail.com

© Derechos Reservados 2008 Tonalá de Hoy
Todos los Derechos Reservados.