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Jueves, 09 de febrero de 2012
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Consejos Legales
El testamento
Fernando González Sánchez

El testamento es un medio seguro y eficaz que permite al testador disponer libremente de sus bienes y derechos, para que la propiedad y titularidad de estos se transmita a las personas (herederos y/o legatarios) que han quedado designados en el instrumento.
Aunque la Ley reconoce la existencia de varios tipos de testamento, sin duda el más aconsejable es el testamento público abierto que se formaliza ante el notario público, quien es el profesional especializado para asesorar al testador y redactar el instrumento respectivo.
El testador debe manifestar al Notario a quien o a quienes quiere que pasen sus bienes cuando muera, indicando, qué porcentaje de la masa hereditaria correspondería a cada uno. Puede también el testador designar herederos substitutos, para el caso de que los herederos designados en primer lugar fallezcan antes o al mismo tiempo que el testador, no quieren o no puedan aceptar la herencia.
El notario después de escucharlo y aconsejarlo, redactará el testamento en una escritura, le dará lectura en voz alta ante el testador y enseguida será firmado. Con este sencillo procedimiento quedará otorgado su testamento sin necesidad de hacer otro trámite ni de firmar ningún otro documento.

¿Qué pasa si no hago testamento?

Si no hace testamento provocará que su familia enfrente gastos mayores y pérdidas de tiempo y en muchas ocasiones a graves problemas entre aquellas personas que consideren tener derecho a recibir los bienes, pues tendrá que gestionarse el intestado en un juzgado de lo familiar, con asesoría de un abogado o bien en una notaría si se cumplen los requisitos que la ley señala.
Al fallecer intestado, sus bienes no pasarán de manera inmediata a las personas que usted hubiera querido, sino que el Juez o el Notario que conozcan del asunto, aplicando las reglas que marca la Ley, determinarán a quienes se declararán como herederos y como albacea.
Como usted puede apreciar, las ventajas que tiene el testamento otorgado ante Notario son enormes y muy sencillas de obtener, para con ello evitar los gastos, pérdida de tiempo y demás problemas, que con frecuencia se presentan en los intestados.

Las ventajas del testamento

Finalmente, debemos olvidar la idea de que por hacer testamento está próxima nuestra muerte, debemos más bien pensar en que es una sencilla medida de previsión para que se cumpla fielmente nuestra voluntad cuando faltemos y para no provocar mayores problemas y gastos a nuestras familias, protegiendo con ello el patrimonio que hemos logrado formar durante nuestras vidas; el testamento, obviamente, no anticipa el momento de nuestra muerte.
Si usted está interesado en hacer su testamento está en tiempo para que ponga en orden la documentación necesaria para ello pues el mes de septiembre, es el mes del testamento donde los notarios ofrecen hasta un 50 por ciento de descuento en sus servicios. Solamente deberá Solicitar una cita con cualquier Notario de su localidad, quién le resolverá las dudas que usted tenga y enseguida proceder a otorgar el testamento presentando una identificación oficial con fotografía.

gonzalez_fer1@hotmail.com

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