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Jueves, 09 de febrero de 2012
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Consejos Legales
Homicidio
Fernando González Sánchez

El homicidio se da cuando una persona priva de la vida a otra. El artículo 213 de nuestro código penal en Jalisco señala que se impondrán de doce a dieciocho años de prisión a la persona que prive de la vida a otra. Pero, cuando el homicidio sea calificado, la sanción será de veinte a cuarenta años de prisión.
El homicidio tiene 5 clasificaciones generales atendiendo el elemento subjetivo del agente:
Homicidio doloso: Cuando exista la intención positiva de inferir la muerte a la víctima. Es decir que el sujeto activo tiene la capacidad de querer y entender las consecuencias de su conducta y producir el resultado muerte.
Homicidio culposo: Cuando se conoce el posible resultado muerte y sin embargo se cree poder evitarlo, pero falla y ésta se produce. También se presenta cuando definitivamente se ignora dicho resultado, pero de igual forma se mata. La punibilidad en este caso surge amparada por el deber que toda persona tiende de abstenerse de causar daño a otra, y las acciones carentes de intención y omisiones que conlleven a la muerte, serán susceptibles de juzgarse conforme a las leyes penales.
Homicidio preterintencional: Hace mención al desbordamiento de las intenciones del causante, en las que primitivamente se quiso dañar, pero que desafortunadamente resultó matándola. Por ejemplo si se desea simplemente golpear a alguien para causarle lesiones, y se termina matándolo. Se ha afirmado que el homicidio preterintencional es un punto medio entre el dolo y la culpa, dolo frente a la acción y culpa frente al resultado.
Homicidio simple: es cuando se comete a falta de las cuatro agravantes, que son premeditación, alevosía, ventaja y traición. Esto lo hace que el homicidio sea culposo ya que el sujeto activo lo comete con falta de voluntad e imprudencialmente
Homicidio calificado, conocido normalmente como asesinato: es cuando se comete el delito con las cuatro agravantes que son:
Premeditación: Cuando es sujeto activo ha reflexionado con anterioridad al crimen.
Alevosía: Cuando el sujeto activo utiliza la asechanza para cometer el ilícito.
Ventaja: Cuando el sujeto activo utiliza conocimientos sobre cierto tipo de armas, usa más de una persona para que lo ayuden a matar a la victima, o simplemente usa la fuerza física única y exclusivamente si esta es mayor a la del sujeto pasivo.
Traición: Usa esta última para valerse de la buena fe, la confianza, o la buena voluntad y aprovecharse de esta para cometer el homicidio.
Un homicidio puede ser justificable legalmente si se produjo por alguna de las causas de ausencia de responsabilidad penal, entre las que se encuentran la legítima defensa, la prevención de un delito más grave (estado de necesidad), el cumplimiento de una orden de un mando superior, o de un deber legal.

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