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Tonalá Jalisco, México.
Jueves, 09 de febrero de 2012
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Cultura Financiera
Cuenta básica de nómina
Moisés Montaño Michel

Es el deposito bancario de dinero a la vista relativo a nomina y demás prestaciones de carácter laboral que le deposita el patrón de acuerdo a convenio celebrado con la institución. No requiere de un monto mínimo de apertura ni mantener un saldo promedio mensual mínimo.
La Ley obliga a las instituciones de crédito que reciban depósitos bancarios de dinero a la vista de personas físicas, a ofrecer cuenta de nomina exenta de comisiones por apertura, retiros y consulta de saldo siempre que el abono mensual no exceda de 165 salarios mínimos diarios vigentes en el Distrito Federal aproximadamente ocho mil quinientos pesos.
Existen en México mas de 45 millones de cuentas de nomina. Esta es una herramienta indispensable para el manejo del dinero. Mediante la tarjeta se puede retirar efectivo de cajeros automáticos y pagar consumos en establecimientos comerciales del país y en el extranjero.
Los bancos deberán ofrecer los servicios siguientes:
• Apertura y mantenimiento de la cuenta.
• Otorgamiento de una tarjeta de debito y su reposición en caso de desgaste o renovación.
• Abono de recursos a la cuenta por cualquier medio.
• Retiros de efectivo en los cajeros automáticos del banco que lleve la cuenta, sin limitación al número de retiros. Realizar retiros en ventanilla en sucursal sin costo.
• Pago de bienes y servicios en negocios afiliados a través de la tarjeta de nomina.
• Consulta de saldos en los cajeros automáticos de la institución que lleve la cuenta.
• Domicializacion del pago de servicios.
Los bancos podrán ofrecer servicios adicionales asociados a la Cuenta Básica de Nomina; y establecer libremente las comisiones a cada uno de los servicios. Su contratación será voluntaria y deberá efectuarse mediante acuerdo previo y por escrito entre las partes.
Por otra parte; las instituciones de crédito tienen la obligación de trasnfererir los recursos depositados a favor de sus clientes (Trabajadadores) por concepto de salario y otras prestaciones de carácter laboral a la institución de crédito que ellos elijan sin cobrarles comisión alguna.
Al terminar la relación laboral del cuentahabiente y el banco pretenda cobrarle comisiones, deberá informárselo por escrito o en el estado de cuenta que le dirija a su domicilio con 30 días de anticipación ya que estas cuentas de nomina se convierten en cuentas de ahorro al dejar saldo en las mismas o no cancelarlas.
En contratos de cuenta de nomina y tarjeta de crédito en sus cláusulas señala que “El cliente faculta al banco para cargar en cualquier cuenta de deposito que este le lleve al cliente el importe de cualquier saldo del crédito no pagado dentro de los plazos previstos y que por tanto deban considerarse vencidos de conformidad con las estipulaciones del contrato”.

En caso de queja acudir a la Condusef.
www.condusef.gob.mx Tel. 01-800-999-8080. En Guadalajara. López Cotilla No. 2032 Piso 2. Col Arcos Sur. C.P. 44100 Teléfonos y fax: 3615-8727, con atención al público de 9:00 a 15:00 Horas

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